Lapensión alimenticia se establece en base a la capacidad económica del padre o madre no custodio y las necesidades del hijo o hija. Es independiente del tiempo que se pase o no con el menor. Por lo tanto, aunque el hijo no quiera ver al progenitor no custodio, esto no exime a este último de su obligación legal de pagar la pensión

Además en situaciones de divorcio por mutuo consentimiento, se establece que la mujer tiene derecho a recibir alimentos por el mismo período de duración del matrimonio si carece de ingresos suficientes y mientras no vuelva a casarse o entre en concubinato. Conceptos relacionados. Pensión compensatoria. Divorcio. Pensión alimenticia.

Mimadre, de 85 años, es beneficiaria de la pensión no contributiva en Málaga. Si vende su vivienda habitual para comprar otra, ¿puede perder la pensión?
Elauto de la Audiencia Provincial de Barcelona de 13 de julio de 2001 (recurso 552/2000) ya señaló lo siguiente: “los pagos efectuados directamente al hijo no pueden reputarse en principio como realizados en cumplimiento de la obligación alimenticia -art. 142 CC, cuyo contenido y forma de cumplimiento para cada caso concreto fina la
MiHijo No Quiere Verme Tengo Q Pagar Pensión Si el dinero fuera para comer yo me lo quitaría de mi plato, pero cuando un juez o jueza, afirma que hay que dar 600 euros por una pequeña solo, eso no es para comer.

Tengo48 años fui casada 7 años,nos separamos sin papeles ni nada jamás a pasado ninguna pensión,a mis hijas las dejo de 5años 1/2 y la otra de 7años y ahora que tienen 25 y 23 intenta acercarse, estuvo en Burgos y se fue está en Ecuador dicen que tiene bienes y negocios,yo por dedicarme a mis hijas jamás rehice mi vida y e trabajado sin

Asílas cosas, la pensión de alimentos no se extingue por alcanzar los hijos la mayoría de edad, es decir, ni cesa ni se extingue la obligación de los padres de pagar alimentos, lo que hace es cambiar su naturaleza jurídica y contenido, cuestión a la que ha venido aludiendo nuestra jurisprudencia en numerosas ocasiones, destacando la STS

Mihijo lleva dos meses viviendo con mi madre, tiene 16 años, dejo la escuela, prefiere trabajar El ya no quiere vivir con ella pero su madre me sigue exigiendo la pensión, cosa que no me parece justa y por otra parte ella vive en mi piso el cual sigo pagando ( hipoteca, gastos de comunidad etc ) Hasta cuando tengo que aguantar que viva en mi

AudienciaProvincial de Málaga (Sección 6ª) de 27.11.2008: ” No constituye un modo de satisfacer la pensión los pagos realizados directamente al hijo, pues lo que se está ejecutando es una sentencia de separación en la que se aprueba un convenio regulador, según el cual el apelante abonará en la cuenta designada por la madre los

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